La Corte Suprema confirmó una condena a 13 años de prisión contra Milagro Sala
Dejó firme una sentencia por haber liderado una banda delictiva, defraudado al Estado y extorsionado a cooperativistas.La Corte Suprema de Justicia confirmó hoy, por unanimidad, la condena a 13 años de prisión de la dirigente social Milagro Sala, por los delitos de asociación ilícita -en carácter de jefa-, fraude y extorsión.
La Corte rechazó todos los planteos de la defensa de Sala, a quien ya no le quedan más recursos para revertir la pena dictada en su contra, que empezará a ejecutarse. Hasta ahora ella estaba presa, pero con prisión preventiva. Pese al fallo de la Corte, es probable que la dirigente, líder de la organización Tupac Amaru, cumpla la condena en su casa por su estado de salud, aunque el gobierno de Jujuy insiste en que debe ser trasladada a una cárcel común.
El fallo de la Corte lleva las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti. La sentencia que confirmaron fue dictada en la causa que se conoce como Pibes Villeros, donde se investigaron desvíos de millones de pesos que debían destinarse a la construcción de viviendas. La condena a 13 años de prisión fue dictada en enero del 2019 por el Tribunal Oral en lo Criminal N°3 de Jujuy, que juzgó a Sala junto a otros 29 acusados, entre ellos exfuncionarios provinciales y cooperativistas, incluida Mirta Guerrero, conocida como “Shakira”, excolaboradora de Sala que se convirtió en una de sus denunciantes y que en esta causa fue condenada a seis años de cárcel.
En el caso de Sala, la justicia jujeña consideró probado que ella lideró, entre 2013 y 2015, una asociación destinada a cometer delitos. Lo hizo desde la Túpac Amaru, organización que recibió fondos millonarios del Estado durante los gobiernos kirchneristas. El tribunal jujeño que condenó a Sala también la encontró culpable de haber extorsionado a cooperativistas; entre ellos, a Cristian Chorolque, Leopoldo Jacinto Basualdo y Julia del Carmen Gutiérrez; y de haber defraudado al Estado con fondos provenientes de un acuerdo firmado entre el Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy (IVUJ) y la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Nación. El acuerdo (ACU 487/2015) tenía por objeto financiar mejoras habitacionales en San Salvador de Jujuy y San Pedro, en el marco del programa nacional “Mejor Vivir II”. El fraude, sostuvo el tribunal jujeño, se cometió con los pagos para la ejecución de 14 convenios firmados entre la IVUJ jujeña y distintas cooperativas de trabajo; también, de un convenio entre una cooperativa y el municipio de Palpalá.
Sala buscó revertir su condena en la Cámara de Casación y en el Superior Tribunal de Justicia de Jujuy, que rechazaron sus recursos. Los abogados de Sala llevaron entonces el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y pidieron la nulidad de la causa. Sostuvieron, entre otros argumentos, que la acusación no fue precisa y que durante el juicio se añadieron hechos por los que Sala no había sido investigada y de los que no se había podido defender. También alegaron que el tribunal rechazó a testigos importantes para la defensa y que se negó a realizar un peritaje con el que podría haberse determinado con precisión qué obras se habían completado y cuáles no, pese a que se trataba de un eje central de la acusación.
Otro argumento de los abogados de Sala fue que el juicio oral no tuvo la debida publicidad y que se les restringió el debido acceso a la sala de audiencias tanto a ella como a público y periodistas.
Para la Corte, la defensa no logró probar que se hubiera lesionado un derecho de raigambre federal ni que la sentencia fuera manifiestamente arbitraria, requisitos necesarios para que el máximo tribunal nacional pudiera revisar una condena como esta.